Bursaphelenchus xylophilus, Nematodo de la Madera del Pino (NMP), es un organismo nocivo de cuarentena que provoca graves daños en las especies del género Pinus sp. y otras coníferas. Su ataque causa el decaimiento súbito de los árboles afectados, produciendo una sintomatología conocida como “seca o marchitamiento de los pinos”. Provoca daños económicos y ecológicos derivados de la muerte del arbolado, e importantes restricciones al comercio de madera y material de embalaje en aquellos países donde el NMP está presente, lo que implica un aumento de los costes de comercialización de estos productos.
El NMP fue detectado por primera vez en territorio europeo en Portugal, en el año 1999. En España la primera aparición se produjo en el término municipal de Villanueva de la Sierra (Cáceres). Complementariamente el resto de los Estados Miembros de la Unión Europea han adoptado una serie de medidas de vigilancia, alerta temprana y control contra este organismo, que persiguen impedir la introducción y propagación del NMP en el resto del territorio europeo. Todo ello se concretó mediante una acción común y coordinada articulada en un principio por la Decisión 2006/133/CE de la Comisión, que se derogó sustituyéndose por la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea 2012/535/UE de 26 de septiembre de 2012, que ha sido modificada en varias ocasiones.
Fuente:Estación Fitopatológica Areeiro-Dip. Pontevedra
El NMP no fue asociado hasta el año 1972 con la enfermedad el marchitamiento de los pinos, aparecida en 1913 en Japón. Su origen se presupone en Norteamérica y actualmente se ha difundido a las provincias costeras de China, Corea y Taiwán; afectando en Europa a España y Portugal.
En Europa se detectó en Portugal en 1999. Actualmente sigue presente en Portugal, donde la estrategia es de contención, y en España, con estrategia de erradicación en las regiones en las que se ha detectado.
PORTUGAL
En Portugal se detectó por primera vez en mayo de 1999, en la región de la Península de Setúbal. Portugal viene aplicando medidas destinadas a controlar y erradicar el NMP desde esa fecha. En todo el territorio continental de Portugal se aplica una estrategia de contención.
Para su control cuenta con un Plan Nacional de Acción para el Control del Nematodo de la Madera del Pino (PANCNMP) para el período 2018 – 2022, que contiene el ámbito de aplicación, las medidas de contención, las medidas de control y vigilancia, legislación etc.
En la Isla de Madeira fue detectado por primera vez en noviembre de 2009 y, más tarde, en febrero de 2010. En esa fecha toda la isla fue declarada Zona Demarcada llevándose a cabo una estrategia de erradicación. Desde 2014, en aplicación de la Decisión 2012/535/UE, la estrategia en esta Región es de contención.
ESPAÑA
El NMP se detectó en España por primera vez en octubre de 2008 en la Sierra de Dios Padre, situada en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las Autoridades españolas declararon erradicado este brote (de un único árbol infestado) el 16 de enero de 2013. Desde ese primer caso, se han erradicado otros dos brotes en Valverde del Fresno en la Comunidad Autónoma de Extremadura y Sancti-Spiritus en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Actualmente, en España hay 3 Zonas Demarcadas (ZD) de Bursaphelenchus xylophilus: As Neves (Pontevedra), en la Comunidad Autónoma de Galicia; Lagunilla (Salamanca) cuya ZD afecta a las Comunidades Autónomas de Castilla y León y Extremadura, y Sierra de la Malvana (Valverde del Fresno, Cáceres) afectando a las Comunidades Autónomas de Extremadura y Castilla y León.
Zona Demarcada de "As Neves"
En 2010 se detecta el primer brote de Bursaphelenchus xylophilus en el municipio de As Neves (Pontevedra), Comunidad Autónoma de Galicia. Se estableció una Zona Demarcada (ZD).
En 2016 se detecta un nuevo brote dentro de la ZD en el municipio de Salvaterra do Miño (Pontevedra). La ZD se redefinió conforme a la Decisión 2012/535/UE.
En agosto de 2018 se detectaron 7 nuevos positivos en Pinus pinaster localizados en los municipios de O Porriño, Ponteareas, Salvaterra do Miño y Tui (todos ellos en la provincia de Pontevedra). Estos nuevos focos provocaron la reconfiguración de la anterior ZD que afecta a 25 municipios. En diciembre de 2018 Galicia elaboro un nuevo Plan de Acción.
El origen de estos nuevos brotes es desconocido. Se sospecha que como consecuencia de los incendios forestales que se produjeron en octubre 2017 (6.350 ha arboladas dentro de la ZD As Neves) se pudo producir la dispersión del vector y consecuentemente la dispersión del organismo nocivo.
Zona Demarcada de "Lagunilla"
En julio 2018 fue detectado Bursaphelenchus xylophilus en un pino (Pinus pinaster) localizado en el municipio de Lagunilla (Salamanca) en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
De acuerdo con la Decisión 2012/535/UE, se destruyó el árbol afectado y se estableció una ZD de 20 Km de radio. La ZD afecta a las Comunidades Autónomas de Castilla y León y Extremadura.
Actuaciones realizadas:
Zona Demarcada de "Sierra de Malvana"
El 28 de febrero de 2019 se realizó una detección del NMP en un pino (Pinus pinaster) ubicado en Sierra de la Malvana, municipio de Valverde del Fresno (Cáceres) en la Comunidad Autónoma de Extremadura. La ZD afecta tanto a las Comunidades de Extremadura y Castilla y León (TMM de Navasfrías y El Payo). De acuerdo con la decisión 2012/535/EU se llevó a cabo la destrucción del árbol afectado y se estableció una ZD de 20 km de radio. En la ZD no hay industrias de madera, ni viveros.
Actuaciones realizadas:
De acuerdo con la Decisión de Ejecución de la Comisión 2012/535/UE de 26 de septiembre de 2012 por la que se exige a los Estados Miembros medidas de emergencia para evitar la propagación de Bursaphelenchus xylophilus se ha de garantizar el cumplimiento de ciertas condiciones en lo que respecta a madera y corteza de las plantas sensibles, esto es: la madera de coníferas (Coniferales), excepto la de Thuja L. y la de Taxus L. y la corteza de todas las coníferas; y en lo que respecta a las plantas consideradas sensibles: todas aquellas (excepto los frutos y las semillas) de Abies Mill., Cedros Trew, Larix Mill., Picea A. Dietr., Pinus L., Pseudotsuga Carr. y Tsuga Carr., que deban trasladarse dentro de las zonas demarcadas declaradas en la Unión Europea o desde estas zonas a otras zonas de los Estados Miembros. Las condiciones de movimiento que la Decisión comunitaria recoge para el material vegetal sensible en la actualidad se recogen el Anexo III de la misma, y tienen como objetivo garantizar que no se produzcan procesos de infestación fuera de las zonas demarcadas, a la vez que encontrar un equilibrio entre el adecuado aprovechamiento del recurso y las garantías fitosanitarias que exigen su manejo.
Los periodos genéricos establecidos para las distintas actuaciones de erradicación, control y movimiento de material susceptible por la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea 2012/535/UE son función de la temporada de vuelo del vector, que varía apreciablemente sobre las fechas antiguamente establecidas del 1 de abril al 31 de octubre.
En función de la información obtenida mediante trampeos, es posible ajustar de una manera mucho más ajustada a la realidad, y justificar técnicamente, las fechas reales de trabajo. Los siguientes documentos aportan información de valor sobre los periodos de vuelo Habida cuenta de que las primeras capturas se producen tras el proceso de maduración del imago, puede estimarse que las primeras emergencias de insectos son anteriores en 10-15 días a las fechas de captura referidas en los informes.