Buscador principal

Detalle Noticias

1 juillet 2025

Hoy, en Consejo de Ministros

Galería multimedia

El objetivo del nuevo real decreto es mejorar la calidad y trazabilidad de la información en los sectores de aceite de oliva y de aceituna de mesa, así como adaptarse a la creciente valorización de los subproductos del proceso productivo

Con carácter retroactivo también se eliminan las penalizaciones por la presentación fuera de plazo de la solicitud única de la PAC 2025 entre el 15 y el 31 de mayo

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha autorizado hoy cambios normativos para ofrecer más información sobre los sectores de aceite de oliva y las aceitunas de mesa, mejorar el seguimiento de los mismos y garantizar una mayor transparencia sobre el mercado oleícola.

 

El real decreto aprobado modifica la normativa sobre declaraciones obligatorias en ambos sectores y actualiza el Sistema de Información de los Mercados Oleícolas (SIMO). Esta herramienta, gestionada por el ministerio y las comunidades autónomas, se refuerza para mejorar la calidad de la información y la trazabilidad del proceso productivo de aceite de oliva y aceituna de mesa.

 

Una de las novedades es que las almazaras deberán presentar anualmente, previa a la comercialización, una declaración de la producción de aceite de oliva de la campaña anterior, desglosada por categorías (virgen extra, virgen y lampante). Esta información adicional será clave para el análisis de mercado, sobre todo, porque España es el primer productor mundial de aceite de oliva.

 

Otra novedad es la sustitución de declaraciones mensuales de producciones ecológicas por anuales complementarias en el caso de almazaras e industrias de transformación de aceituna de mesa que operen con producciones eco. Una forma de simplificar el procedimiento y garantizar la fiabilidad de la información.

El nuevo real decreto incorpora también la evolución del sector hacia una mayor valorización de los subproductos. Así se cumple con la norma que reconoce como subproducto los orujos grasos procedentes de almazara destinados a la extracción de aceite de orujo de oliva crudo. Por este motivo, los secaderos de orujo pasan a estar obligados a presentar una declaración mensual de actividad, mientras que las almazaras y extractoras de orujo completarán las declaraciones sobre el destino de los subproductos sin necesidad de crear registros adicionales que generen más carga administrativa.

 

Otro de los cambios relevantes es la eliminación de los modelos de formularios de datos, dado que la información requerida ya se encuentra disponible en los distintos sistemas y procedimientos utilizados por las autoridades competentes.

 

Asimismo, se actualizan las funciones de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) -conforme a lo establecido en las modificaciones de la Ley de la Cadena alimentaria- y de las comunidades autónomas en relación con el censo de instalaciones y operadores oleícolas del SIMO.

 

El real decreto aprobado hoy elimina las penalizaciones por la presentación fuera de plazo de la solicitud única de la Política Agraria Común (PAC) para 2025 en el periodo comprendido entre el 15 y el 31 de mayo, con efecto retroactivo, conforme a lo establecido ya en una resolución del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

Documentos

Introducción general al uso de cookies en MAPA.gob.es

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos: cookies propias y cookies de terceros.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de cookies de sesión o cookies persistentes.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos: cookies técnicas, cookies de personalización, cookies de análisis, cookies publicitarias y cookies de publicidad comportamental.

Para más información a este respecto puede consultar la Guía sobre el uso de las cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cookies utilizadas en la web

El portal web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación utiliza Google Analytics, esta es una herramienta de analítica que ayuda a los sitios web y a los propietarios de aplicaciones a entender el modo en que sus visitantes interactúan con sus propiedades. Se utilizan un conjunto de cookies para recopilar información e informar de las estadísticas de uso de los sitios web sin identificar personalmente a los visitantes de Google. Más información sobre las cookies de Google Analytics e información sobre la privacidad. Estas cookies se pueden rechazar o aceptar ya que no interfieren en el funcionamiento de la página web pero sirven de gran ayuda aportando información que posibilita un mejor y más apropiado servicio por parte de este portal.

Por último, se descarga una cookie de tipo técnico denominada cookie-compliance, propia, de tipo técnico y de sesión. Gestiona el consentimiento del usuario ante el uso de las cookies en la página web, con el objeto de recordar aquellos usuarios que las han aceptado y aquellos que no, de modo que a los primeros no se les muestre información en la parte superior de la página al respecto. Esta cookie es de obligada utilización para el funcionamiento correcto del portal.

Aceptación / Rechazo de la Política de cookies

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación permite la aceptación o rechazo de las cookies no esenciales para el funcionamiento del portal. Para ello una vez que el usuario acceda al portal se mostrará un mensaje en la parte central con información de la política de cookies y las siguientes opciones:

  • Aceptar cookies: Si el usuario pulsa este botón, se aceptarán los cookies no obligatorias y no se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal.
  • Configurar cookies: Si el usuario pulsa sobre el botón de configurar, se accederá a una segunda ventana modal donde se podrá configurar que cookies aceptar. Esta segunda ventana explica las cookies utilizadas en la actualidad y permite la selección o rechazo de las cookies no obligatorias. Una vez finalizada la selección se deberá presionar al botón Guardar configuración.

Cómo modificar la configuración de las cookies

Usted puede restringir, bloquear o borrar las cookies del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o cualquier otra página web, utilizando su navegador. En cada navegador la operativa es diferente, la función de "Ayuda" le mostrará cómo hacerlo.