Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Estudio de Impacto sobre las Propuestas Legislativas de la Comisión Europea (EIPLE)

El 23 de febrero de 2021 el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo para la mejora del proceso de negociación e incorporación del derecho de la Unión Europea al ordenamiento jurídico interno. Este Acuerdo tiene como finalidad mejorar la participación del Reino de España en los procesos de elaboración normativa en la Unión Europea (fase ascendente) y mejorar su aplicación y transposición (fase descendente).

Para ello, se prevé la elaboración de un Estudio de Impacto sobre las Propuestas Legislativas de la Comisión Europea (EIPLE). Durante el proceso de elaboración de los EIPLE, se lleva a cabo un proceso de participación pública para que los ciudadanos, grupos de interés, asociaciones empresariales y sindicales, gabinetes de estudios, expertos o cualquier sector que se considere afectado por la propuesta legislativa puedan expresar su criterio.

Así, este canal tiene por objeto recabar la opinión de los sectores mencionados sobre las propuestas legislativas de la Comisión que, por las competencias atribuidas a este Ministerio, recaen en su ámbito de actuación.

Acceso al listado completo de procedimientos sometidos a participación pública

Consulta sobre la Propuesta de la Comisión de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica y corrige el Reglamento (UE) n.º 508/2014 en lo que respecta a medidas específicas para paliar las consecuencias de la agresión militar de Rusia contra Ucrania en las actividades pesqueras y mitigar los efectos de la perturbación del mercado provocada por dicha agresión militar en la cadena de suministro de la pesca y productos de la acuicultura

De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2021 para la mejora del proceso de negociación e incorporación del derecho de la Unión Europea al ordenamiento jurídico interno, se procede a someter a consulta la Propuesta de la Comisión de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica y corrige el Reglamento (UE) n.º 508/2014 en lo que respecta a medidas específicas para paliar las consecuencias de la agresión militar de Rusia contra Ucrania en las actividades pesqueras y mitigar los efectos de la perturbación del mercado provocada por dicha agresión militar en la cadena de suministro de la pesca y productos de la acuicultura. 

La agresión militar de Rusia contra Ucrania desde el 24 de febrero de 2022 está repercutiendo en los operadores del sector de la pesca y la acuicultura de la Unión, existiendo una perturbación significativa del mercado, provocada por aumentos sustanciales de los costes y perturbaciones del comercio, que requieren una acción eficaz y eficiente. 

La agresión militar de Rusia contra Ucrania también pone en peligro la seguridad de las actividades pesqueras realizadas por los pescadores de la Unión en las zonas vecinas. Esto ha llevado a una interrupción cautelar de actividades en ciertas áreas. 

A la luz de lo anterior, la Comisión propone una modificación del Reglamento (UE) nº 508/2014 sobre el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) mediante la introducción de medidas específicas para paliar las consecuencias de la agresión militar de Rusia contra Ucrania en la pesca actividades y mitigar los efectos de la perturbación del mercado provocada por esa agresión militar en la cadena de suministro de los productos de la pesca y la acuicultura. Los gastos siguen siendo elegibles para una contribución de ese Fondo hasta el 31 de diciembre de 2023. 

El plazo para observaciones y comentarios comienza el 19 de mayo de 2022 y finaliza el 8 de junio de 2022, ambos inclusive.  Éstos deberán remitirse a la siguiente dirección de correo electrónico: gesfonpm@mapa.es

Consulta sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) 2017/2107, por el que se establecen medidas de gestión, conservación y control aplicables en la zona del Convenio de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA), y el Reglamento (UE).../2022, por el que se establece un plan de ordenación plurianual para el atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo.

En aplicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2021, mediante el cual se ha establecido un nuevo procedimiento destinado a mejorar el proceso de elaboración de normas europeas, se procede a someter a consulta la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) 2017/2107, por el que se establecen medidas de gestión, conservación y control aplicables en la zona del Convenio de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA), y el Reglamento (UE).../2022, por el que se establece un plan de ordenación plurianual para el atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo.

Desde la adopción del Reglamento (UE) 2017/2107 del Parlamento Europeo y del Consejo, la Comisión Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico (CICAA) ha adoptado, en sus reuniones anuales de 2017, 2018, 2019 y 2021, una serie de medidas jurídicamente vinculantes para la conservación de los recursos pesqueros en su ámbito de competencia. Además, la UE no ha implementado todavía las medidas jurídicamente vinculantes adoptadas en la reunión anual de la CICAA de 2006 en relación con las actividades de engorde del atún rojo. El objeto principal de esta propuesta es, por tanto,  incorporar al Derecho de la Unión dichas medidas.

Por otro lado, el Reglamento (UE) XX/2022 debe modificarse para incorporar al Derecho de la Unión cuestiones relativas a la declaración anual de traspasos del Estado miembro de la granja y determinadas obligaciones de introducción en jaula.

Las sugerencias, alegaciones, observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la siguiente dirección: drpesmar@mapa.es, debiendo estar el remitente claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona y correo electrónico).

 El plazo para remitir sugerencias comienza el 30 de mayo y finaliza el 17 de junio de 2022, ambos inclusive

Consulta sobre la Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre las cuentas económicas de la agricultura de la Unión (codificación)

La claridad y transparencia del Derecho de la Unión dependen también de la codificación de una normativa que sufre frecuentes modificaciones. Por ello, la Comisión decidió dar instrucciones a sus servicios para que procedieran a la codificación de todos los actos, como máximo tras su décima modificación, subrayando que se trataba de una medida mínima, ya que, en aras de la claridad y de la fácil comprensión de las disposiciones, debían procurar codificar los textos de su competencia con una periodicidad incluso mayor.

Dado que ninguna modificación sustantiva puede ser introducida en los actos objeto de codificación, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión convinieron, mediante un Acuerdo interinstitucional de 20 de diciembre de 1994, un método de trabajo acelerado para la rápida aprobación de los actos codificados.

El objeto de la presente propuesta es proceder a la codificación del Reglamento (CE) n.º 138/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de diciembre de 2003, sobre las cuentas económicas de la agricultura de la Comunidad. El nuevo Reglamento sustituirá a los actos que son objeto de la operación de codificación y puede consultarse en el siguiente link:

EUR-Lex - 52024PC0255 - EN - EUR-Lex (europa.eu)

La propuesta respeta en su totalidad el contenido de los textos codificados y se limita, por tanto, a reagruparlos realizando en ellos únicamente las modificaciones formales que la propia operación de codificación requiere.

La propuesta de codificación se ha elaborado sobre la base de una consolidación previa del texto del Reglamento (CE) n.º 138/2004 y de los actos modificadores, efectuada, en las 24 lenguas oficiales, a través del sistema informático de la Oficina de Publicaciones Oficiales de la Unión Europea. En caso de cambio de numeración de los artículos, la correlación entre los números antiguos y los nuevos se ha hecho constar en una tabla de correspondencia que figura en el Anexo IV del Reglamento codificado.

Las sugerencias, alegaciones, observaciones que se realicen, deberán dirigirse a la siguiente dirección: sgapc@mapa.es, debiendo estar el remitente claramente identificado (nombre y dirección de la organización o persona y correo electrónico).

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