Este sitio web se ha diseñado con el compromiso de garantizar la accesibilidad para el mayor número posible de personas, independientemente de sus capacidades o del dispositivo que utilicen para acceder a los contenidos.
Situación de cumplimiento
Este sitio web no es completamente conforme con el Real Decreto 1112/2018, debido a la falta de conformidad con los criterios de accesibilidad enumerados a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se indica a continuación no es accesible por los siguientes motivos:
Falta de conformidad con el Real Decreto 1112/2018:
La evaluación realizada ha detectado incumplimientos en los siguientes criterios de la norma UNE-EN 301 549:2022, equivalentes a las pautas WCAG 2.1:
Carga desproporcionada:
No aplica.
El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable:
No aplica.
Preparación de la presente declaración
Esta declaración fue preparada el [fecha de hoy, por ejemplo: 22 de mayo de 2025], basada en una evaluación realizada con herramientas automáticas y revisión manual por personal especializado en accesibilidad web.
Observaciones y datos de contacto
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como por ejemplo:
A través de cualquiera de los medios disponibles en la sección de la Oficina de atención a la ciudadanía.
Puede presentar:
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
A través del Procedimiento Genérico de Quejas y Sugerencias de la Sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las comunicaciones serán tratadas por la Subdirección General de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Procedimiento de aplicación
El procedimiento de reclamación es el recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018.
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5 del RD 1112/2018, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada través del Procedimiento Genérico de Quejas y Sugerencias de la Sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.