No está previsto ningún cambio en los requisitos sanitarios para la introducción de animales de compañía procedentes de España al Reino Unido, por lo que podrán continuar viajando con el pasaporte europeo de animales de compañía emitido en España o en algún otro país de la UE-27 (no serán válidos los emitidos en Gran Bretaña, pero sí los de Irlanda del Norte). Será necesario que cuenten con una identificación con microchip, vacuna antirrábica válida y un tratamiento antiparasitario entre los días 1-5 previos a su viaje.
Para más información ver el apartado correspondiente: (perros, gatos y hurones/aves/otras especies).