Los productos amparados por IGs o ETG están sometidos a un sistema de control según el Reglamento (UE) 2017/625 sobre Controles Oficiales. Este sistema lo constituye, salvo para vinos que tienen normativa propia, el “Programa de Control Oficial de la Calidad Diferenciada vinculada a un Origen Geográfico y Especialidades Tradicionales Garantizadas, antes de su comercialización”, identificado como Programa 3.1.3. del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria (2021-2025), que anualmente genera un Informe.
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