a) ACTIVIDADES CIENTÍFICAS EN AGUAS EXTERIORES E INTERIORES.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Pesca Sostenible de la Secretaría General de Pesca o a la Dirección General de Agricultura y Pesca de la Región de Murcia, según sea para aguas exteriores o interiores, adjuntando informe justificativo en el que se detallen objetivos, medios humanos y materiales y metodología a emplear y calendario previsto.
A la vista de su oportunidad e interés del estudio, el organismo competente resolverá sobre la conveniencia de su realización y autorizará su realización si se estima procedente.
b)PESCA MARÍTIMA PROFESIONAL EN AGUAS INTERIORES.
Mediante la inclusión en el censo específico de la reserva.
c)PESCA MARÍTIMA DE RECREO EN AGUAS INTERIORES.
Al estar solo permitida desde tierra, no necesita autorización.
d) ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS EN AGUAS : INTERIORES E EXTERIORES .
Las autorizaciones en aguas interiores, se conceden para una fecha concreta, por riguroso orden de presentación de solicitudes, hasta completar el cupo permitido de inmersiones y embarcaciones.
Las solicitudes se presentarán, para aguas exteriores, en el Area de Agricultura y Pesca de la Delegación del Gobierno en Murcia, que resolverá sobre las mismas. Para aguas interiores, las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Agricultura y Pesca de la región de Murcia