El Comité de Caza se configura como un órgano de coordinación de carácter técnico en materia de caza. Su creación deriva del acuerdo de la Comisión Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad en su reunión celebrada el 22 de marzo de 2010.
La función del Comité es analizar técnicamente y acordar propuestas en materia de caza. Su labor de coordinación técnica, es especialmente relevante bajo la consideración de que la caza es materia de competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas, conforme se establece en el artículo 148.1.11ª de la Constitución Española.
El Comité se compone por un representante de cada Comunidad Autónoma y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla, generalmente de los técnicos responsables de la gestión cinegética, y de los representantes del Ministerio Agricultura, Pesca y Alimentación, que ejerce la Presidencia, designados por el Director General competente en materia de caza. La Secretaria del Comité la desempeña un funcionario del Ministerio.
Este Comité de caza se regula por una orden ministerial concreta.
Dentro del Comité de caza se trabaja con la creación y convocatoria de grupos de trabajo para desarrollar temáticas concretas con la participación voluntaria de las Comunidades Autónomas interesadas según la materia. De esta forma se ha estado trabajando con varios grupos de trabajo para tratar los temas de interés que han ido siendo relevantes para el sector cinegético, así como para el medio ambiente, tal como abordar las líneas generales para reducir el peligro de intogresión genética en la codorniz común y en la perdiz roja, la búsqueda de nuevas metodologías para realizar censos y seguimientos poblacionales de las especies cinegéticas con la ayuda de las nuevas tecnologías, o la demanda de consenso en la actualización de métodos de captura para algunos depredadores de interés
En Europa se encuentran más de 500 especies de aves silvestres, sin embargo, al menos el 32% de las especies de aves europeas no se encuentran en un estado de conservación adecuado, hecho que motivó el desarrollo de la Directiva 2009/147/CE relativa a la conservación de aves silvestres. Existen diferentes causas analizadas que justifican el declive de multitud de aves silvestres, la expansión de las urbes y la extensión de redes de transporte han provocado la fragmentación del paisaje, la intensificación de la agricultura y uso de pesticidas, han tenido una afección directa en la salud de las aves y la necesidad de regular la caza sobre especies que se encuentran en peligro.
El objetivo de la Directiva Aves es establecer un sistema integral para las poblaciones de aves silvestres en toda Europa ya que las aves migran libremente entre fronteras y suponen un valor ecológico común para todos los Estados Miembros.
La Comisión Europea ha estado evaluando la situación poblacional de determinadas especies definidas por la directiva con opción de permitir la caza cumpliendo el principio de precaución, de las cuales son de especial interés para España las siguientes: Tórtola europea (Streptopelia turtur), codorniz común (Coturnix coturnix), zorzal alirrojo (Turdus iliacus), y perdiz roja (Alectoris rufa). El objetivo es que cada Estado realice planes de gestión sobre las especies de aves de interés para evaluar el impacto que tienen los factores de la supervivencia, fecundidad y caza en la dinámica poblacional.
Para la gestión de estas aves en estado inseguro de conservación, además de los planes de gestión demandados a nivel europeo, se han llevado a cabo otras iniciativas, como el estudio de las sinergias analizadas entre la Política Agraria Común (PAC) y las aves esteparias que se encuentran en estado inseguro, habiendo detectado diferentes intervenciones que resultan beneficiosas para la conservación de estas aves de medios agrarios.
Tórtola europea (Streptopelia turtur)
La tórtola europea (Streptotelia turtur) es una especie migratoria ligada a ámbitos agrarios, por lo que principalmente podrá encontrarse en ecosistemas mixtos, forestales-agrarios. En España además constituye una especie cinegética muy apreciada por los cazadores. Debido a que se trata de una especie migratoria, la gestión de su población solo puede abarcarse desde un punto de vista integrado. Esto especialmente relevante en nuestro país ya que el 80% del recorrido del corredor migratorio occidental que recorre esta especie, lo abarca la península ibérica.
Durante las últimas décadas se ha observado un declive acusado de las poblaciones debido a la intensificación de la agricultura que ha llevado a una falta de alimento y zonas de nidificación, así como a la presión cinegética. Para garantizar su conservación, en el marco comunitario se aprobó el “Plan de acción internacional para la conservación de la tórtola europea 2018-2028” acompañándose de una moratoria temporal de la caza de la tórtola hasta cumplir unos criterios poblacionales.
Sobre esta situación, en coordinación con todas las Comunidades Autónomas se ha realizado un enorme trabajo para revertir el declive de esta especie emblemática en el mundo cinegético obteniendo como resultado diferentes publicaciones sobre la hoja de ruta para la aplicación del plan de gestión adaptativa en esta especie, un programa coordinado de reparto de capturas que sirva como base de control cuando se reanude la caza y un catálogo de medidas favorables para la gestión del hábitat de la tórtola.
Para favorecer la coordinación interadministrativa y la gestión de la actividad cinegética, desde el MAPA se ha desarrollado la Plataforma de Licencias Interautonómicas de Caza y Pesca. Las licencias de caza se expiden por cada Comunidad Autónoma individualmente, autorizando la caza únicamente en el territorio concerniente a cada una de ellas. A través de la mencionada plataforma se pretende facilitar la gestión de la práctica de la caza regulada y sostenible, a través del sistema de licencia interautonómica para aquellas Comunidades Autónomas incluidas en dicho sistema, que permite la caza a los usuarios en la totalidad del territorio de las diferentes Comunidades Autónomas incluidas en dicho régimen, habiendo solicitado únicamente la licencia en una de ellas.
Para el desarrollo de esta herramienta de coordinación se ha firmado un convenio entre el MAPA y las siguientes Comunidades Autónomas: Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, el Principado de Asturias y la Región de Murcia