El Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo establece, entre otras, las disposiciones generales relativas al FEMPA y recoge que, para cada Programa Operativo, el Estado Miembro designará, como Autoridad de Gestión, una autoridad u organismo público o un organismo privado nacional, regional o local.
La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura fue designada como Autoridad de Gestión del PO FEMPA en España.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 69, apartado 7, del RDC (Reglamento de Disposiciones Comunes), se pone a disposición del ciudadano un punto de contacto para la presentación de reclamaciones relacionadas con el FEMPA y se garantiza que se adoptaran las medidas necesarias para el examen de estas reclamaciones. Las quejas y sugerencias se podrán presentar a la dirección de correo:
La dirección de la Autoridad de Gestión es:
Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura.
C/ Velázquez 144,
20006 Madrid