Sin pretender ser exhaustivos, en el capítulo III del Reglamento 2472/2022 se contemplan las diferentes categorías de ayudas, y las condiciones especifícas de cada una de ellas:
Sección 1 — Ayudas en favor de las pymes dedicadas a la producción agrícola primaria, la transformación de productos agrícolas y la comercialización de productos agrícolas: incluye, entre otras, ayudas a la inversión, jóvenes agricultures, servicios de sustitución, reparación de daños causados fenómenos climatolgícamente adversos que pueden asociarse a desastres naturales, prevención-control-erradicación de enfermedades animales o plagas vegetales, pago de primas de seguros, convervación de recursos genéticos o compromisos en favor del bienestar animal.
Sección 2 — Ayudas destinadas a la protección del medio ambiente en la agricultura: incluye ayudas para paliar las desventajas relacionadas con zonas Natura 2000, agricultura ecológica o compromisios agroambientales y climáticos.
Sección 3 — Ayudas destinadas a las inversiones en favor de la conservación del patrimonio cultural y natural
Sección 4 — Ayudas destinadas a reparar los daños causados por desastres naturales en el sector agrícola
Sección 5 — Ayudas destinadas a investigación, desarrollo e innovación
Sección 6 — Ayudas en favor de la silvicultura: incluye, entre otras, ayudas a la forestación y creación de superficies forestales, sistemas agroforestales, prevención y reparación de daños en bosques, servicios silvoambientales y climáticos, intercambio de conocimientos, servicios de asesoramiento, inversión en tecnologías forestales o conservación de recursos genéticos.
Sección 7 — Ayudas en favor de las pymes en las zonas rurales: incluye, entre otras, ayudas a servicios básicos e infraestructuras, creación de empresas para actividades no agrícolas, cooperación o proyectos de desarrollo local participativo (DLP).