Formulario modificación datos personales: para que comunique sus datos correctos. Es muy importante que se identifique el DNI con el que ha aparecido en el listado para poder identificar con precisión los datos a subsanar. El formulario está disponible en la siguiente URL:
https://run.gob.es/jlidatospersonales
Además, se pone a disposición de los beneficiarios otros formularios para comunicar distintas situaciones:
- Formulario alta de parcelas: para incluir parcelas y recintos comunicados hasta el 6 de junio que no aparecen en la relación publicada, de los que es titular y que han sufrido daños por la DANA.
https://run.gob.es/jlialtaparcelas
- Formulario baja de parcelas: para comunicar la eliminación de parcelas de las que no es titular o que no han tenido daños provocados por la DANA.
https://run.gob.es/jlibajaparcelas
- Formulario otros supuestos: para comunicar algún supuesto o situación que afecta al titular de la explotación que no tiene cabida en los formularios anteriores.
https://run.gob.es/jliotros
Cuando termine este plazo de subsanación se publicará la relación definitiva de beneficiarios, en la que ya aparecerá la cuantía de la ayuda a percibir.
Al mismo tiempo se ha publicado una relación a efectos informativos que incluye a aquellos beneficiarios de la primera relación provisional que no figuran en la definitiva porque hicieron observaciones o correcciones que era necesario estudiar. Por ello, se publica ahora el resultado de las comprobaciones realizadas y estos beneficiarios serán incluidos en el listado definitivo con cuantías que prevé publicarse en septiembre.
Para solucionar dudas y para aquellos que no se encuentren reflejados en los listados o que quieran presentar una reclamación, les rogamos que cumplimenten el siguiente formulario, indicando los datos y parcelas afectadas. Se estudiará su situación y se enviará respuesta lo antes posible.
- Formulario otros supuestos: para comunicar algún supuesto o situación que afecta al titular de la explotación que no tiene cabida en los formularios anteriores.
https://run.gob.es/jliotros
INFORMAMOS que quedan listados de beneficiarios pendientes de publicar, como aquellos cuyas parcelas se encuentran en municipios de Valencia distintos a los 75 iniciales publicados en el Real Decreto Ley 6/2024, de 5 de noviembre, o que están fuera del estudio geoespacial de la Orden APA/383/2025, de 22 de abril.
El 11 de agosto se terminó el plazo de renuncia a la ayuda para aquellos beneficiarios que figuran en el listado definitivo publicado el pasado 18 de julio y que prefieran acogerse a la reparación de su explotación por la empresa pública TRAGSA.
Es preciso tener en cuenta que, sin esa renuncia, el beneficiario perderá el derecho a que TRAGSA arregle sus parcelas dañadas por la DANA.
La renuncia debe formalizarse preferentemente mediante medios electrónicos a través de la sede electrónica del FEGA https://www.sede.fega.gob.es/, para lo que se requerirá el uso de certificado electrónico para acreditar la identidad del solicitante.
Si no se dispone de certificado electrónico, el formulario podrá descargarse, imprimirse y presentarse firmado a mano a través de cualquier registro oficial, como, por ejemplo, el de su ayuntamiento. Este formulario está disponible en esta página https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/info-dana/ayudas-dana.
Junto a la renuncia a esta ayuda, se podrá solicitar o no la reparación por parte de TRAGSA de las parcelas afectadas.
Si los beneficiarios no renuncian a la ayuda, pasados los 15 días hábiles, se procederá al pago de las cantidades publicadas.
Esta información se actualizará conforme se avance en la tramitación de estas ayudas.
Madrid, a 13 de agosto de 2025
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN