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Fiebre del Nilo Occidental

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Ficha de la enfermedad

La Fiebre del Nilo Occidental es una enfermedad zoonósica transmitida principalmente por mosquitos, causada por el Virus del Nilo Occidental (VNO), perteneciente al género Flavivirus y a la familia Flaviviridae.

Las aves constituyen el principal reservorio y hospedador amplificador del virus, especialmente las aves silvestres y migratorias, que desempeñan un papel fundamental en la dispersión geográfica de la enfermedad. Los caballos y los seres humanos se consideran hospedadores finales o accidentales, ya que normalmente no desarrollan viremias suficientes para perpetuar el ciclo epidemiológico. Además, se han descrito infecciones esporádicas en otras especies como perros, gatos, ovejas, alpacas, murciélagos, caimanes, focas y camellos dromedarios.

La transmisión se produce fundamentalmente a través de la picadura de mosquitos infectados, estableciéndose un ciclo mosquito–ave–mosquito que permite el mantenimiento del virus en el medio natural. El periodo de incubación tras la transmisión del mosquito se estima entre 3 y 15 días. 

En los caballos, la enfermedad se manifiesta principalmente con signos neurológicos derivados de una encefalitis o encefalomielitis vírica. Los animales afectados suelen presentar ataxia de intensidad variable, debilidad, fasciculaciones musculares, alteraciones de nervios craneales y distintos grados de descoordinación que pueden progresar hasta la postración. La fiebre no suele ser un signo constante en esta especie. Aunque muchas infecciones cursan de forma subclínica, la mortalidad en caballos clínicamente afectados no vacunados puede alcanzar aproximadamente un tercio de los casos. 

En las aves, la presentación clínica es muy variable. Mientras numerosas especies permanecen asintomáticas, otras desarrollan cuadros sistémicos o neurológicos graves, frecuentemente mortales. En humanos, la infección puede ser subclínica o producir enfermedad febril leve, aunque en algunos casos evoluciona hacia meningitis, encefalitis e incluso la muerte.

Se trata de una enfermedad de declaración obligatoria, de acuerdo con lo establecido en el (Real Decreto 779/2023), (ver infografía), por el que se regula el sistema de vigilancia de enfermedades animales en España.

El Laboratorio Nacional de Referencia para esta enfermedad es el  Laboratorio Central de Veterinaria de Algete.

Más información aquí

Marco reglamentario

La estrategia para manejar el riesgo de Fiebre del Nilo Occidental integra una serie de medidas establecidas tanto a nivel de la Unión Europea como a nivel nacional.

Desde la Unión Europea se contemplará la siguiente normativa: 

Normativa Ámbito de aplicación
Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales («Legislación sobre sanidad animal»).  Marco jurídico base de sanidad animal en la UE
Reglamento Delegado (UE) 2018/1629 de la Comisión, de 25 de julio de 2018, que modifica la lista de enfermedades recogidas en el anexo II del Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal. Actualización respecto a la lista de enfermedades del anexo II del Reglamento (UE) 2016/429
Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018, relativo a la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de dichas enfermedades de la lista. Establece la categorización de las enfermedades y especies listadas
Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas relativas a la prevención y el control de determinadas enfermedades de la lista. Medidas específicas ante sospecha y confirmación focos: zonas de restricción, sacrificio sanitario, limpieza, desinfección y control de brotes
Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de animales terrestres y de huevos para incubar. Condiciones sanitarias aplicables a los movimientos intracomunitarios de animales terrestres y huevos para incubar
Reglamento Delegado (UE) 2020/689 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas de vigilancia, los programas de erradicación y el estatus de libre de enfermedad con respecto a determinadas enfermedades de la lista y enfermedades emergentes. Normas de vigilancia epidemiológica, programas de erradicación y reconocimiento del estatus de libre de enfermedad
Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión, de 30 de enero de 2020, que completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas para la entrada en la Unión, y para el desplazamiento y la manipulación tras la entrada, de las partidas de determinados animales, productos reproductivos y productos de origen animal. Requisitos sanitarios para importaciones y manejo de animales, productos reproductivos y productos de origen animal 
Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2002 de la Comisión de 7 de diciembre de 2020 por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo relativas a la notificación a la Unión y al envío de informes a la Unión sobre enfermedades de la lista, al sistema informático de información, así como a los formatos y los procedimientos de presentación y envío de informes relacionados con los programas de vigilancia y erradicación de la Unión y con la solicitud de reconocimiento del estatus de libre de enfermedad. Sistema de notificación de enfermedades de declaración obligatoria, informes y procedimientos para programas de vigilancia y erradicación
Reglamento Delegado (UE) 2023/361 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas de uso de ciertos medicamentos veterinarios a efectos de prevención y control de determinadas enfermedades de la lista. Normas sobre vacunación en la prevención y control de enfermedades listada

 

A nivel nacional, la Fiebre del Nilo Occidental se encuentra regulada por la Ley 8/2003, de Sanidad Animal, así como por el Real Decreto 779/2023 por el que se establece la comunicación de enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su notificación.

Guía para la lucha contra la Fiebre del Nilo Occidental

Este documento sirve como guía de trabajo que permita a los Servicios Veterinarios Oficiales ofrecer una respuesta rápida y eficaz en caso de Sospecha y de Confirmación de Foco de Fiebre del Nilo Occidental y debe utilizarse junto con el Plan Coordinado Estatal de Alerta Sanitaria Veterinaria y la normativa vigente en materia de Sanidad y Bienestar Animal.

Productos desinfectantes e insecticidas-acaricidas y otros artrópodos de uso en el entorno ganadero, registrados en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e información sobre este tipo de productos en otras unidades departamentales

La relación de productos desinfectantes e insecticidas-acaricidas y otros artrópodos, de uso en el entorno ganadero, registrados en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) podrán ser consultados en el siguiente enlace del buscador público del Registro de Productos Zoosanitarios:
https://servicio.mapa.gob.es/geszoosan-publico/

La relación de productos desinfectantes e insecticidas-acaricidas y otros artrópodos, de uso en el entorno ganadero, cuyas sustancias activas han pasado a la lista de sustancia aprobadas por la Comisión y que, habiendo sido traspasados desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación al Ministerio de Sanidad, se encuentran en período transitorio acogidos a un "case" según registro europeo BPR, podrán ser consultados en el siguiente enlace del Ministerio de Sanidad:
https://www.sanidad.gob.es/en/areas/sanidadAmbiental/biocidas/registro/docs/Zoospermitidos.pdf

La relación de productos desinfectantes e insecticidas-acaricidas y otros artrópodos, de uso en el entorno ganadero, que no se recogen en las dos relaciones anteriores, son aquellos productos ya autorizados según BPR (es decir, superado el período transitorio) los cuales pueden ser consultados directamente en el siguiente buscador del Ministerio de Sanidad.
https://www.sanidad.gob.es/ciudadanos/productos.do?tipo=biocidas

Información epidemiológica sobre la situación de la enfermedad

La Organización Mundial de Sanidad Animal considera la Fiebre del Nilo Occidental una enfermedad emergente y de importancia zoonósica, ampliamente distribuida en diferentes regiones de África, Europa, Asia y América.

En España, la enfermedad presenta una situación endémica, favorecida por condiciones ambientales que facilitan la circulación del virus a través de su vector. El linaje 1 es el predominante, con detección anual en varias comunidades autónomas, especialmente del sur peninsular, mientras que el linaje 2, detectado por primera vez en 2017 en Lleida, mantiene una presencia puntual y limitada.

Más información de la enfermedad en el siguiente apartado:

Programa nacional de vigilancia, control y erradicación

Los objetivos del programa nacional de vigilancia, control y erradicación (2026) son detectar la presencia de circulación vírica en una zona, de modo que se puedan identificar las áreas de riesgo en las que, y a partir de las cuales, se puede difundir la enfermedad así cómo disponer de información que permita:

  • Valorar el riesgo de aparición de la enfermedad desde el punto de vista de la sanidad animal y de la salud pública, con el fin de dar una respuesta eficaz en tiempo y forma. 
  • Valorar la necesidad de poner en marcha medidas de lucha específicas, así como programar en el tiempo las mismas.

Grant SPVECTORSURV y Fiebre del Nilo Occidental (FNO)

España participa en la Grant europea SPVECTORSURV (2024-2026), cuyo objetivo es reforzar la vigilancia de zoonosis mediante el enfoque «Una sola salud» (One Health).

En este marco, la Fiebre del Nilo Occidental (FNO) se ha incluido como una enfermedad prioritaria para España. El proyecto contempla actuaciones dirigidas a mejorar la vigilancia de los vectores y el seguimiento de la circulación viral en los mismos, con el fin de fortalecer la detección temprana y la capacidad de respuesta frente a esta enfermedad.

Más información sobre el enfoque «Una sola salud» disponible en el siguiente enlace:
Una Salud (One Health)
 

Evaluación de riesgo de FNO en España

Evaluación de riesgo de FNO 2024 realizada por CSIC- Estación Biológica de Doñana (EBD), grupo de Jordi Figuerola, llevada a cabo en el marco del proyecto SPVECTORSURV financiado por la UE. 

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