Los titulares de las granjas son responsables de la estimación de sus emisiones y de la aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD), para evitar o, cuando ello no sea posible, reducir las emisiones y el impacto en el conjunto del medio ambiente. También son responsables de notificar la implementación de éstas técnicas a las autoridades competentes.
La declaración de MTDs aplicadas en la explotación ganadera debe notificarse a la autoridad competente de la comunidad autónoma correspondiente a través del formato establecido por ésta.
Con el fin de proveer al sector ganadero y a las autoridades competentes de un soporte electrónico a nivel nacional que facilite el cálculo, el seguimiento y la notificación de las emisiones de cada granja, así como de la notificación al Registro General de MTDs, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha desarrollado el sistema informatizado ECOGAN.
En base al Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas, los titulares de las granjas están obligados a comunicar a las autoridades competentes las Mejores Técnicas Disponibles (MTDs) aplicadas en la granja durante el año anterior. Esta obligación afecta a todas las granjas de POLLOS, GALLINAS PONEDORAS Y PAVOS amparados en el ámbito de aplicación del real decreto. Se exceptúan de esta obligación las granjas clasificadas como reducidas, autoconsumo, especiales y cinegéticas.
Según lo establecido en el artículo 19.d), y en la disposición final séptima del Real Decreto 637/2021, la entrada en vigor de dicha obligación de comunicación y los plazos serán los siguientes:
Pollos (pollos, pollitas y reproductoras de carne):
Entrada en vigor: 1 de octubre de 2023
Plazo comunicación 2023: Desde el 1 octubre hasta antes del 1 de diciembre de 2023
Plazo comunicación años posteriores: Desde el 1 enero hasta antes 1 marzo
Gallinas ponedoras (ponedoras, pollitas (cría-recría) y reproductoras de aves de puesta):
Entrada en vigor: 1 de enero de 2024
Plazo comunicación: 1 enero → Antes 1 marzo
Pavos:
Entrada en vigor: 1 de enero de 2026
Plazos comunicación: 1 enero → Antes 1 marzo
El sistema informatizado ECOGAN permite:
1.- Explotaciones ganaderas situadas en comunidades autónomas adheridas a Ecogan:
2.- Explotaciones ganaderas situadas en comunidades autónomas no adheridas a Ecogan y público en general: