Las ayudas, por valor de 520.000 euros, van dirigidas a las entidades asociativas representativas del sector productor, transformador y comercializador, así como a las entidades que llevan a cabo actividades de I+D+i, y aquellas que tengan como objeto fomentar la defensa de los intereses de las mujeres en el sector pesquero
El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 1 de octubre
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado un extracto de la Orden por la que se convocan subvenciones al fomento del asociacionismo, a entidades asociativas representativas del sector pesquero, para el año 2018.
Los beneficiarios de estas ayudas serán las entidades asociativas representativas de los sectores extractivo de la pesca costera artesanal, pesquero empresarial extractivo, y transformador y comercial de los productos de la pesca.
De igual forma, podrán solicitar estas subvenciones las entidades jurídicas cuyo objeto social sea fomentar la investigación industrial, el desarrollo tecnológico y de proyectos de I+D+i en el sector pesquero, así como las entidades asociativas que fomenten la defensa de los intereses económicos y profesionales de las mujeres que trabajan en este sector.
Las ayudas, cuya cuantía máxima es de 520.000 euros, irán destinadas a subvencionar las actividades de representación ante la Administración General del Estado o de participación en sus órganos colegiados, y las actividades de representación ante la Unión Europea e instituciones internacionales.
También contemplan la realización de actividades específicas de especial interés para el sector pesquero, en el ámbito nacional e internacional, entre las que se encuentran: la organización y participación en congresos, seminarios y asambleas previstas estatutariamente; las actividades cuya finalidad sea lograr una mayor integración de la mujer en el sector pesquero, así como aquellas que favorezcan la investigación y el desarrollo tecnológico en dicho sector, tales como: ponencias, seminarios, y elaboración de informes y boletines.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el BOE. El texto completo de la Orden puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.