El Capítulo II Información y Comunicación del Reglamento (UE) nº 1303/2013, no es de aplicación al Reglamento (UE) nº 508/2014 del FEMP.
Los Organismos que llevan a cabo la gestión del FEMP deben cumplir con lo establecido en el artículo 119 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del FEMP.
Desde la Autoridad de Gestión se ha elaborado el documento Plan de Información y Publicidad (FEMP-MAYO 2016), con la finalidad de estructurar y orientar las medidas que, dentro de una buena gestión, se llevan a cabo en el ámbito de la información. Por tanto, este Plan no tiene carácter obligatorio, y cada Organismo de Gestión puede adoptar aquellas medidas que considere más adecuadas y eficientes en la ejecución del Fondo.
Plan de Información y Publicidad (FEMP-Mayo 2016)
Con el objeto de dar mayor visibilidad a los órganos gestores del FEMP y su actividad, se encuentra publicado el listado de contactos de los OIGs en este LINK:
https://www.mapa.gob.es/es/pesca/temas/fondos-europeos/femp/Contacto_Autoridad_Gestion_FEMP.aspx
También se puede acceder a un buscador de convocatorias de ayudas en el siguiente link:
Acceso a la base de datos de ayudas a los sectores agroalimentarios, pesqueros y medioambiental