La Ley 16/2021, de 14 de diciembre, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria ha representado un hito significativo en las relaciones comerciales, implementando reformas sustanciales.
Tiene como objetivo mejorar el funcionamiento y la vertebración de la cadena alimentaria, de manera que aumente la eficacia y competitividad del sector agroalimentario español y se reduzca el desequilibrio en las relaciones comerciales entre los diferentes operadores de la cadena de valor, en el marco de una competencia justa.
Entre los logros de la reforma se destaca:
- Con el objetivo de lograr unos precios más justos para todos los operadores, en particular los que ocupan una posición negociadora más débil, la norma prohíbe, con carácter general, la destrucción de valor en la cadena alimentaria. De esta forma, los costes de producción se constituyen como la base de la negociación de los contratos escritos. Esta prohibición de destrucción de valor en la cadena alimentaria se extiende hasta el último eslabón de la cadena, la venta a los consumidores.
- Al objeto de reforzar la transparencia en la cadena alimentaria se establece la obligatoriedad de formalizar el contrato por escrito en todas las operaciones comerciales, salvo las de precio inferior a los 1.000 euros y aquellas cuyo pago se realice al contado, y se obliga a los compradores a inscribir los contratos con los productores primarios.
- En el ámbito de las promociones comerciales, se prohíben los pactos sobre actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos o que perjudiquen la percepción en la cadena sobre la calidad o valor de los productos agrarios y alimentarios. Para mayor garantía, los operadores deben identificar su precio claramente en la información publicitaria, en la cartelería y en los tiques de compra.
- Se aumenta el catálogo de prácticas comerciales desleales prohibidas para evitar posibles abusos comerciales y se regulan con mayor profusión las actividades promocionales.
- Se refuerza el papel de la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A. (AICA), autoridad de ejecución nacional y de la coordinación con las autoridades de ejecución autonómicas.
- Para dotar de mayor transparencia a las relaciones comerciales y otorgar una mayor seguridad jurídica a los productores primarios se crea el Registro digital de Contratos Alimentarios, regulado por el Ministerio Agricultura, Pesca y Alimentación, mediante el Real Decreto 1028/2022, de 20 de diciembre, por el que se desarrolla el Registro de Contratos Alimentarios, al cual tienen acceso tanto la AICA, como las autoridades de ejecución de las comunidades autónomas.
- Se ha dotado de un procedimiento transparente y seguro para la presentación de denuncias ante las autoridades de ejecución. La ley garantiza la confidencialidad de todo operador que denuncie prácticas desleales, durante todo el proceso administrativo-sancionador, así como, en su caso, en el proceso judicial, con el objetivo de proteger al denunciante frente a posibles represalias.
- Como medida accesoria, se contempla la publicidad trimestral de las sanciones por infracciones graves y muy graves que hayan adquirido firmeza en vía administrativa impuestas por la Administración General del Estado, por medio de la página web de la AICA.
- El Observatorio de la Cadena Alimentaria refuerza su objetivo de mejorar la transparencia y eficiencia de la cadena alimentaria.
Por otra parte, la modificación de la Ley además incorpora las disposiciones recogidas en la Directiva (UE) 2019/633, relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrícola y alimentario.
En resumen, la Ley de la Cadena ha sido un paso crucial hacia una cadena alimentaria más justa y transparente, fortaleciendo la posición de los operadores más vulnerables y promoviendo relaciones comerciales equitativas en el sector.