Se incluye la relación, con acceso a los textos dispositivos en formato electrónico, de las principales disposiciones estatales que, dentro del ámbito de actuaciones de la Subdirección General de Control y de Laboratorios Alimentarios, regulan la calidad comercial de los edulcorantes naturales y derivados.
Además se incluyen otras disposiciones que, si bien no son estrictamente relativas a dicho ámbito o materia, se consideran de interés por su relación con la elaboración y el etiquetado de los mencionados productos.
La citada relación se estructura en cinco capítulos. De tales capítulos, tres -el III, el IV y el V- incluyen normas (relativas a aditivos y aromas, disposiciones relativas a la información alimentaria facilitada al consumidor y otras disposiciones complementarias en materia de etiquetado de los alimentosy cantidades nominales y control de su contenido efectivo) que afectan a los productos que nos ocupan, si bien su ámbito de aplicación es más amplio. Los restantes recogen disposiciones específicas relativas a los edulcorantes naturales y derivados (capítulo I) y las denominaciones de origen, indicaciones geográficas protegidas y especialidades tradicionales garantizadas (capítulo II).
En cada capítulo figura un índice con la lista de las disposiciones que lo integran, ordenadas de forma cronológica y precedidas de un número que sirve de referencia para su identificación. En el caso de que alguna norma haya sido modificada o parcialmente derogada de forma expresa, se menciona a continuación de la misma la disposición que la modifica o deroga en parte.
Se incluyen así mismo los textos consolidados que deben considerarse únicamente como instrumentos documentales de trabajo, por lo que, en aras de la seguridad jurídica, deben consultarse los textos de los reglamentos comunitarios o de los reales decretos publicados en el DOUE y en el BOE.
I. Edulcorantes naturales y derivados. Disposiciones estatales.
II. Denominaciones de calidad.
III. Aditivos y aromas.
IV. Disposiciones relativas a la información alimentaria facilitada al consumidor y otras disposiciones complementarias en materia de etiquetado de los alimentos.
V. Cantidades nominales para productos envasados y control de su contenido efectivo.