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Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria

El Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria (PNCOCA) es el documento que describe los sistemas de control oficial a lo largo de toda la cadena alimentaria en España, desde la producción primaria hasta los puntos de venta al consumidor final. El Plan es completo e integral, y describe las actuaciones de control oficial de las distintas Administraciones Públicas españolas en el ámbito de sus competencias.

La existencia de un Plan Nacional de control multianual es obligatorio en todos los Estados Miembros de la Unión Europea, de acuerdo con el Artículo 41 del Reglamento (CE) nº 882/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre sanidad animal y bienestar de los animales.

En diciembre de 2015 se aprobó el tercer Plan de España, denominado “Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2016-2020”, que proporciona a nuestro país un marco sólido, estable y a la vez flexible, para la realización del control oficial sobre alimentos y piensos, donde administraciones públicas, operadores económicos y consumidores encuentren un referente para obligaciones y garantías. El Plan actual ha entrado en vigor el primer día del año 2016.

Las competencias en el control oficial de la cadena alimentaria en nuestro país recaen a nivel central en los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, que ostentan un papel principalmente coordinador. Con la excepción de los controles en frontera, las competencias en la planificación y ejecución de los controles oficiales recaen en las comunidades autónomas.

Dada la estructura competencial española, el Plan Nacional comprende una parte común a todas las autoridades competentes, donde se describen los objetivos de alto nivel, las autoridades competentes implicadas en su ejecución y el soporte jurídico común a todas ellas, y a continuación se desarrollan de forma independiente los controles oficiales en cada ámbito, de la siguiente forma:

  1. Control oficial en el ámbito de la producción primaria y calidad alimentaria (MAPA).
  2. Control oficial en las fases posteriores a la producción primaria en el ámbito del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (MSCBS):
    • Sistema de control de establecimientos alimentarios y alimentos producidos o comercializados en el mercado intracomunitario con repercusiones en seguridad alimentaria.
    • Sistema de control de las mercancías de uso o consumo humano procedentes de terceros países. 
    • Sistema de control de alimentos puestos a disposición del consumidor sin repercusiones en seguridad alimentaria.

Las competencias de este Ministerio de Agricultura y Pesca y Alimentación (MAPA) se centran en el control del ámbito de la producción primaria y  de la calidad alimentaria. En esta parte, se describe la estructura que soporta los controles oficiales, tanto a nivel de coordinación, de su ejecución, de los laboratorios, de los soportes informáticos necesarios, la formación específica de sus inspectores, así como un capítulo de gran interés centrado en la calidad de los controles oficiales.

Posteriormente se desarrollan cada uno de los 13 programas que forman parte del ámbito de control del Reglamento que sustenta este Plan Nacional en lo que afecta a las competencias del MAPA.

Finalmente el capítulo de Informe Anual, detalla cómo se elabora la información que compone este documento resumen de los  resultados de los controles oficiales durante cada uno de los años que abarca este Plan.

Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2016-2020 (actualización 2020)

Informe anual de resultados del Plan Nacional de Control Oficial

El Reglamento (CE) nº 882/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales en su artículo 44 establece que con periodicidad anual los Estados miembros presentarán un informe que contendrá:

  • a) toda adaptación efectuada en los planes nacionales de control plurianuales;
  • b) los resultados de los controles y de las auditorías efectuados el año anterior conforme a lo dispuesto en el plan nacional de  control plurianual;
  • c) el tipo y el número de casos de incumplimiento descubiertos;
  • d) las acciones destinadas a asegurar el funcionamiento eficaz de los planes  nacionales de control plurianuales, incluida la ejecución y sus resultados.

En concordancia con el Reglamento, la Ley 17/2011 de seguridad alimentaria y nutrición de 5 de julio, establece en su artículo 18 que: “Con periodicidad anual, la Administración General del Estado hará llegar a la Comisión Europea un informe, en el que se pondrá de manifiesto el resultado de la ejecución del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria, desarrollado por las Administraciones públicas competentes. Dicho informe será remitido a las Cortes Generales, a los efectos de información y control y se pondrá a disposición del público.”

Para dar cumplimiento a estos mandatos, se ha elaborado cada año, desde la entrada en vigor del reglamento, el informe anual de resultados del Plan Nacional. Este informe se realiza de forma consensuada entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición  (AESAN) del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. En él se incluyen de forma global e integrada los resultados de los controles realizados por las comunidades y ciudades autónomas y de la Administración General de Estado en el ámbito de sus competencias.

A continuación se insertan los distintos informes realizados hasta el momento, desde el año 2010. De esta manera se pueden ir evaluando las tendencias y mejoras en los controles oficiales derivados de la aplicación del actual Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2016-2020.

Novedades

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Puesta en marcha de las obligaciones de gestión integrada de plagas (GIP) en España

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