Con un importe total de 395.340, esta ayuda compensa la pérdida de ingresos a los arroceros imposibilitados a cultivar debido a la acumulación de lodos
La ayuda será abonada antes de que finalice el mes de abril
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado una relación de 107 agricultores a los que se les ha acreditado el derecho a percibir la ayuda extraordinaria habilitada por el Gobierno a los titulares de explotaciones de cultivo de arroz ubicadas en La Albufera y que se han visto imposibilitados a sembrar por la acumulación de lodos como consecuencia de la dana. El importe total de la ayuda, que tiene como objetivo compensar a estos agricultores por la pérdida de ingresos como consecuencia de no poder sembrar esta temporada, alcanza un total de 395.340 euros. La ayuda se fija en 3.000 euros por hectárea, con un mínimo por titular de 200 euros y un máximo de 25.000 euros. El listado de beneficiarios se encuentra disponible en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). Los beneficiarios son personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones agrícolas que han sido elegibles para la percepción de las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC) en la campaña 2024, y que cuentan en su explotación con tierras de cultivo de regadío en zonas de tradicional siembra del arroz. La Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) ha constatado la imposibilidad de proceder a la siembra en unas condiciones óptimas que garanticen la viabilidad del cultivo, de acuerdo con los informes que al efecto ha realizado la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, SA (Agroseguro). Se trata de una ayuda de minimis, de acuerdo con el Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013. Para su cálculo se han tenido en cuenta otras ayudas recibidas por los titulares dentro de la categoría de minimis. Así, en el caso de productores que ya habían percibido otras ayudas dentro de esta categoría en los últimos tres años, el importe de la ayuda al arroz se ha reducido para no exceder el límite que establece la normativa para este tipo de ayudas de 50.000 euros. La percepción de este apoyo es incompatible con la de cualquier ayuda de la Política Agraria Común que implique el cultivo de arroz en la campaña agrícola 2025. Los beneficiarios disponen de un plazo de cinco días hábiles para renunciar a la ayuda o comunicar errores materiales en la información personal que se recoge en el listado, a través de la sede electrónica del FEGA. Procedimientos y servicios | SEDE ELECTRÓNICA. Se estima que antes de que acabe el mes de abril se publicará el listado definitivo de beneficiarios de esta ayuda y se procederá a su pago. Hay disponible más información sobre las ayudas por la dana en el siguiente enlace: Ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta de las explotaciones agrarias afectadas por la DANA) .